Prórroga Acuerdo 223 bis: cómo presentar la documentación
Estimados/as Industriales, Les escribimos en esta oportunidad debido a que el Ministerio de Trabajo de la Nación ha homologado el acuerdo de suspensiones 223 bis acordado entre ADIMRA y UOMRA. Recordamos que este acuerdo habilita la suspensión de los trabajadores que no fueron convocados a prestar servicios en el marco del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, en aquellas empresas que se encuentren con caída pronunciada en la actividad debido a la pandemia del COVID-19. Suscribimos dos prórrogas con las siguientes características: 1) Periodo 1/1/2021-31/03/2021: homologado por Resolución del Secretario de Trabajo Nº 448/21. 2) Periodo 1/4/2021-30/06/2021: homologada por Resolución del Secretario de Trabajo Nº 490/21. Desde la Ventanilla Única de ADIMRA (VUA) podrán acceder a todos los detalles del acuerdo, así como el instructivo de cómo llevar el procedimiento formal adelante. Les aclaramos que al ser dos prórrogas, cada empresa podrá adherir a una, la otra, o ambas. Para acceder podrán hacer click aquí: Cómo adherir a las Prórrogas 1/1 al 30/6/2021 del Acuerdo ADIMRA-UOMRA art. 223 bis LCT - Ventanilla Unica ADIMRA |